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Registro:Mertehikian, Eduardo
La responsabilidad pública. Análisis de la doctrina y la jurisprudencia de la Corte Suprema. Buenos Aires: El autor, 2006. 306 p.


Notas:Prólogo de Julio César Cueto Rúa
Temas:responsabilidad del estado, administración pública, doctrina del sacrificio especial, teoría del órgano
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Indice
páginas
Prólogo
7
Capítulo I
Introducción
1.El esfuerzo evolutivo de nuestro sistema jurídico
23
2.La cuestión de la responsabilidad del Estado desde la óptica del derecho
27
3.La aplicación subsidiaria o directa del artículo 1112 del Código Civil
y de otras disposiciones del derecho común
28
    a) La aplicación debe ser directa
30
    b) El deslinde entre lo público y lo privado también tiñe esta materia
31
Capítulo II
Acerca de los fundamentos jurídicos de la responsabilidad del Estado
4.Encuadre del problema
33
5.Síntesis de los distintos criterios expuestos en la doctrina
35
6.Especial referencia al denominado “sacrificio especial” y su exigencia por parte de la Corte Suprema
39
    a) “Establecimientos Americanos Gratry S.A.” (18 de marzo de 1938)
41
    b) “Spurr”
42
    c) “Carlos Reisz y Cía. S.R.L.” (14 de octubre de 1960)
42
    d) “Rebesco, Luis Mario” (21 de Marzo de 1995)
43
    e) “Laboratorios Ricar S.A.” (23 de Noviembre de 1995)
43
    f) “Columbia S.A. de Ahorro y Préstamo para la vivienda” (12 de Noviembre de 1996)
43
7.Nuestra opinión
44
Capítulo III
El pretendido dogma de la “irresponsabilidad” del Estado
8.Los primeros antecedentes legales
47
9.La sanción del Código Civil
49
10.Una aproximación al concepto de la falta de servicio como factor de atribución objetivo
50
    a) Ausencia del requisito de imputación subjetiva en el agente público (aproximación a los criterios de la Corte)
52
    b) Una interpretación integradora de las normas que regulan la falta de servicio
53
    c) La “falta de servicio” como criterio objetivo y la imputación directa a través de la “teoría del órgano”. El criterio de la Corte Suprema
54
    d) Los antecedentes del fallo “Vadell”
56
e) Importancia sustancial de la diferenciación
58
Capítulo IV
La responsabilidad extracontractual del Estado por su actuación ilícita
11.Evolución de la jurisprudencia de la Corte Suprema acerca de las normas aplicables
59
    a) “Seste y Seguich” (29 de septiembre de 1864)
60
    b) “Gómez c/ La Nación” (1º de junio de 1865)
61
    c) “Escalada c/ MCBA” (23 de enero de 1886)
62
    d) “Corio Luis” (16 de abril de 1904)
63
    e) “Cayetano Cueva” (26 de junio de 1909)
63
    f) “Eduardo Dughera” (21 de agosto de 1909)
63
    g) “Teresa Tomassoni” (12 de abril de 1910)
64
    h) “Compañía Argentina de Navegación Nicolás Mihanovich Ltda.” (12 de agosto de 1916)
64
    i) “Lezica Alvear” (18 de septiembre de 1919)
65
    j) “Devoto” (22 de septiembre de 1933)
66
    k) “Ferrocarril Oeste” (3 de octubre de 1938) La inaplicabilidad del artículo 43 del Código Civil
67
    l) Nuestra opinión
69
12.El caso “Vadell Jorge” y las decisiones que lo precedieron
69
    a) “Automotores Faillace Triangeli” (23 de octubre de 1973)
70
    b) “Sánchez Puppulo” (6 de mayo de 1974) y “Gallegos Botto” (15 de octubre de 1974)
72
    c) “Vadell” (18 de diciembre de 1984). La ordenada consolidación de un criterio único
72
13.La jurisprudencia posterior
74
    a) “Pose José Daniel” (1º de diciembre de 1992)
74
    b) “Tejedurías Magallanes” (19 de septiembre de 1989)
75
    c) La jurisprudencia posterior y la invocación del artículo 1113 del Código Civil
75
14.A modo de síntesis
76
Capítulo V
Requisitos de procedencia de la acción indemnizatoria
Las vías de hecho administrativas como fuente de responsabilidad. El daño resarcible. Lo atinente a la extensión del resarcimiento y el reconocimiento del lucro cesante
15.Introducción
79
16.Análisis de los denominados requisitos o presupuestos generales de procedencia de la acción resarcitoria
80
17.Primer requisito: la imputación jurídica de la acción u omisión del agente o funcionario al Estado
81
    a) Significado de la expresión “en ejercicio o en ocasión de las funciones”
81
    b) La teoría del órgano. El abandono de las posturas contractualistas
81
    c) Requisitos para que se configure la “imputación directa”. El “quid” de la actuación del agente en “ejercicio o en ocasión de la función” y la influencia de la responsabilidad indirecta o refleja del artículo 1113 del Código Civil
83
    d) Evolución del criterio de la Corte Suprema. Selección de jurisprudencia
83
      1. “Enrique Rodríguez” (4 de noviembre de 1942)
83
      2. “Rabanillo” (10 de octubre de 1943)
85
      3. “Estado Nacional Argentino c/ Provincia de Buenos Aires s/ cobro de pesos” (30 de Noviembre de 1962)
85
      4. “Estado Nacional (Fuerza Aérea Argentina) c/ Provincia de Río Negro s/ cobro de pesos” (1° de Marzo de 1994)
85
      5. “Scamarcia, Mabel y otro” (12 de Septiembre de 1995)
85
    e) Nuestra opinión
85
18.El especial caso de las “vías de hecho” administrativas como fuente de responsabilidad
90
19.Segundo requisito: existencia de un daño resarcible
91
    a) Los derechos de incidencia colectiva
92
    b) La carga de la prueba le incumbe a quien alega la existencia del daño
95
    c) La indemnización pecuniaria es optativa para el damnificado
97
    d) La exigencia de la efectividad del daño en la jurisprudencia de la Corte Suprema. Selección de jurisprudencia
98
      1. “Banco de la Nación Argentina c/ Provincia de Buenos Aires s/ cobro de pesos” (16 de Abril de 1969)
98
      2. “Brumeco S.A.” (18 de septiembre de 1990)
98
      3. “Massa, María Mercedes” (26 de octubre de 1993)
99
      4. “Astilleros Príncipe y Menghi S.A.” (5 de marzo de 1996)
99
    e) Lo atinente a la extensión del resarcimiento y a la reparación del “lucro cesante”. Los distintos supuestos (actuación ilícita y actuación lícita). Argumentos a favor y en contra. La doctrina de la “fuerza expansiva de la expropiación”
99
    f) Nuestra opinión
102
    g) Las soluciones establecidas por la Corte Suprema. Selección de Jurisprudencia
105
      1. “Comisión de Aguas” (1º de julio de 1876)
105
      2. “Laplacette, Juan y otros” (26 de Febrero de 1943)
105
      3. “Boccara” (17 de julio de 1970). La admisión del lucro cesante
107
      4. “Corporación Inversora los Pinos S.A.” (22 de diciembre de 1975)
108
      5. “Cantón Mario Elbio” (15 de mayo de 1979)
111
      6. “Sánchez Granel” (20 de septiembre de 1984)
112
      7. “Motor Once S.A.” (9 de mayo de 1989)
113
      8. “Jucalán Forestal S.A.” (23 de noviembre de 1989)
115
      9. “Prada, Iván Roberto” (16 de junio de 1993)
116
    h) La indemnización del daño moral
118
      1. “Tosich Milán” (31 de marzo de 1939)
120
      2. “Torres, Guillermo” (17 de diciembre de 1985)
120
      3. “De Gandía, Beatríz” (4 de mayo de 1995)
120
      4. “Kasdorff” (22 de marzo de 1990)
121
      5. “Brumeco S.A.” (18 de septiembre de 1990)
122
20.Tercer requisito: conexión causal entre la conducta y el daño
122
    a) La exigencia de que esa causalidad sea “directa” e “inmediata” La regulación efectuada por el Código Civil y su aplicación a este ámbito
122
    b) El criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El requisito de la “exclusividad”
124
21.Colofón (la ausencia del deber jurídico de soportar el daño)
127
22.Requisitos propios
127
    a) Requisitos propios en el ámbito de la responsabilidad extracontracual del Estado por su actividad ilegítima
127
    b) Requisitos propios en el ámbito de la responsabilidad extracontracual del Estado por su actividad legítima
128
Capítulo VI
Prescripción de la acción resarcitoria
Plazo. Cómputo. Dispensa. Reclamo administrativo previo. Efectos
23.Introducción
129
24.Responsabilidad extracontractual derivada de actos ilícitos del Estado
130
    a) “Hotelera Río de la Plata S.A.” (4 de junio de 1985)
131
    b) “Wiater” (4 de noviembre de 1997)
133
    c) “Compañía Azucarera Concepción S.A.” (31 de marzo de 1999)
134
25.La dispensa de la prescripción cumplida del art. 3980 del Código Civil
136
    a) “Di Cola” y “Olivares” (16 de agosto de 1988)
138
    b) “Molteni” (29 de junio de 1989)
139
    c) “Gutheim” (31 de agosto de 1990)
140
    d) El plenario de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en la causa “Ibáñez” (21 de abril de 1992)
141
    e) La postura de la Procuración del Tesoro de la Nación. El caso “Mott”. Dictamen Nº 40/95 (14 de marzo de 1995)
142
    a) Actos administrativos nulos
145
    b) Sentencias condenatorias nulas
147
    c) Responsabilidad extracontractual derivada de actos lícitos del Estado
148
      1. “Laplacette” (26 de Febrero de 1943)
148
      2. “Cipollini” (2 de marzo de 1978)
150
      3. “Aguará Ganadera” (20 de marzo de 1986)
151
      4. El plenario de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en la causa “Ricci” (3 de marzo de 1988)
151
      I) Postura mayoritaria
152
      II) Postura residual
152
      III) Postura unitaria
153
      IV) Postura minoritaria
153
    d) El carácter federal o local de las normas referidas a la prescripción
154
      1. “Zuberbuhler” (28 de septiembre de 1953)
155
      2. “Liberti” (10 de agosto de 1956)
156
      3. “Pertuso” (8 de julio de 1980)
156
      4. “Santos” (15 de agosto de 1989)
157
      5. “Sandoval” (8 de julio de 1997), y sus citas de Fallos: 275:254 y de Fallos: 311:1795
157
      6. “Puigmarti” (15 de octubre de 1999)
159
27.Nuestra opinión
160
Capítulo VII
Las demandas contra la Nación Argentina
28El reclamo administrativo previo
163
    a) Concepto
163
    b) La Ley 3952 de Demandas contra la Nación
165
29.El Decreto 28.211/44. La doctrina de la Procuración del Tesoro de la Nación
168
    a) El problema práctico de la certeza
169
    b) La falta de procesamiento eficaz
169
    c) Las personas interesadas e influyentes
169
    d) El problema del “quantum”
169
30.La cuestión a partir de la sanción de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (19.549)
169
31.Nuestra opinión
171
32Efectos del reclamo administrativo previo sobre la prescripción
172
Capítulo VIII
La responsabilidad subsidiaria del Estado por la actuación de sus entidades descentralizadas
Empresas, sociedades de objeto comercial o industrial y entidades autárquicas
33.La descentralización administrativa como técnica para cumplir los fines estatales
175
34.La denominada “comunicabilidad de patrimonios públicos”. Actualidad de la cuestión
176
35.35. Disposiciones legales que limitan la responsabilidad del Estado
177
36. El especial caso de las entidades autárquicas. El criterio de la Corte Suprema y de algunos tribunales inferiores
180
El caso “Boccara” (17 de julio de 1970)
182
37.La indagación acerca del autor del evento dañoso
182
38.La aplicación del artículo 1113 del Código Civil
183
39.Conclusiones
188
Capítulo IX
La responsabilidad extracontractual del Estado por la omisión antijurídica
40.Introducción. Caracterización de la omisión
191
41.Las disposiciones legales involucradas. (artículos 1074 y 1112 del Código Civil)
196
42.Las soluciones provistas por la jurisprudencia. Selección de casos
199
    a) “Franck, Roberto Á. “ (14 de noviembre de 1969)
199
    b) “Odol S.A.I.C.” (11 de mayo de 1982)
199
    c) “Sykes” (2 de julio de 1985). El ejercicio del poder de policía en materia financiera. Opinión crítica
201
    d) “Torres” (4 de abril de 1989)
205
    e) “Ruiz” (7 de noviembre de 1989) y “Sarro” (27 de diciembre de 1990)
206
    f) “Lanati” (2 de julio de 1991)
208
    g) “De Gandía, Beatriz” (4 de mayo de 1995)
209
    h) “Colavita Salvador c/ Provincia de Buenos Aires” (7 de marzo de 2000)
210
43.Conclusiones
212
Capítulo X
La reparación patrimonial por la función normativa lícita
44.Breve introducción y encuadramiento de su estudio
215
45.La jurisprudencia de la Corte Suprema. Selección de casos
218
    a) La tesis negativa. La especialidad del daño. El caso “Establecimientos Americanos Gratry” (18 de marzo de 1938)
218
    b) El ejercicio de poderes de gobierno. El caso “Supr.” (21 de octubre de 1938)
219
    c) “Irala Arias” (10 de mayo de 1961)
219
    d) Ejercicio ilegítimo de poderes normativos. El caso “Acuña Hnos.” (16 de febrero de 1962)
220
    e) El cambio de criterio. El caso “Cantón” (15 de mayo de 1979)
220
    f) La conformación de la doctrina. El caso “Winkler” (9 de agosto de 1983)
221
    g) El requisito de la exclusividad. El caso “Ledesma S.A. Agrícola Industrial” (31 de octubre de 1989)
221
    h) La ausencia del deber jurídico de soportar el daño. El caso “Columbia” (19 de marzo de 1992)
222
    i) El cambio de la política económica. El caso “Buenos Aires Eximport” (30 de marzo de 1992)
223
    j) La Corte confirma su creiterio. El caso “Revestek” (15 de agosto de 1995)
225
    k) “Cirlafin” (15 de agosto de 1995)
226
46.Colofón
226
Las previsiones del Proyecto de Código Civil unificado. Crítica
227
Capítulo XI
Panorama sobre la responsabilidad del Estado por su actividad jurisdiccional
47.Introducción
229
48.La cuestión en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos
235
48.Análisis de la jurisprudencia. Selección de casos
238
    a) La falta de servicio. El caso “Hotelera Río de la Plata S.A.” (4 de junio de 1985)
238
    b) La tesis negativa. El caso “Enrique Garda Ortiz” (4 de noviembre de 1986)
239
    c) Una orden judicial irregular. El caso “Etcheverry” (16 de diciembre de 1986)
240
    d) “Vignoni” (14 de junio de 1988). El error judicial. La Corte Suprema fija un criterio rector
241
    e) Órdenes judiciales irregulares. La Corte confirma su criterio. El caso “Videla Cuello” (6 de marzo de 1989)
243
    f) La necesidad del juicio político. El caso “Irurzun” (12 de abril de 1994)
244
    g) La extensión de la doctrina del error judicial a las causas civiles. El caso “Román” (13 de octubre de 19949
245
    h) La omisión de una orden judicial. El caso “De Gandía” (4 de mayo de 1995)
249
    i) La reiteración de la doctrina de la Corte. El caso “Balda” (19 de octubre de 1995)
250
    j) La acción de daños no constituye una vía idónea para determinar el error judicial. El caso “Egües” (29 de octubre de 1996)
251
    k) La absolución por sí misma no es fuente de responsabilidad. El caso “Asociación Mutual Latinoamericana” (3 de diciembre de 1996)
253
    l) “López” (11 de junio de 1998)
254
    m) El cambio de criterio. La prolongación de la prisión preventiva. El caso “Rosa” (1º de noviembre de 1999)
255
50.A manera de conclusiones
259
Capítulo XII
La reparación de daños por la actuación policial y el uso de armas de fuego
51.Introducción
263
52.El criterio de la jurisprudencia. Selección de casos
264
    a) La responsabilidad por la elección del agente policial. El caso “Echegaray, María e Hijos” (3 de septiembre de 1941)
266
    b) La actuación legítima policial. El caso “Iwaczyczszyn” (23 de julio de 1943)
267
    c) La falta de servicio en la actuación policial. El caso “Susan” (27 de septiembre de 1946)
268
    d) Agente policial fuera de servicio. El caso “Panizo” (13 de julio de 1978)
269
    e) Responsabilidad por la actuación policial lícita. El caso “Velazco Angulo” (15 de septiembre de 1987)
269
    f) La confirmación del criterio de la Corte. El caso “Lozano Gómez” (12 de mayo de 1992)
269
    g) La obligación de portar el arma reglamentaria. El caso “Furnier” (12 de mayo de 1992)
272
    h) Riñas y armas de fuego policiales. El caso “Scamarcia” (12 de septiembre de 1995)
272
    i) Actuación policial en manifestaciones de protesta. El caso “Toscano” (7 de febrero de 1995)
275
    j) La responsabilidad por la actuación policial. El caso “Rebesco” (21de marzo de 1995)
275
Capítulo XIII
Daños sufridos por integrantes de las Fuerzas Armadas
53.Introducción
277
54.Las soluciones aportadas por la jurisprudencia. Selección de casos
278
    a) El estado militar. El caso “Gregorio Ducase” (11 de agosto de 1939)
278
    b) La ausencia de estado militar y la indemnización civil. El caso “Juan Gelman” (26 de abril de 1946)
278
    c) El primer cambio de criterio. Daños en el servicio militar obligatorio El caso “Gunther” (5 de agosto de 1986)
279
    d) El segundo cambio de criterio. Daños en el servicio militar voluntario El caso “Valenzuela” (25 de agosto de 1992)
281
    e) Una variante al criterio de “Gunther”. El servicio militar obligatorio y el grado de incapacidad. El caso “Bertinotti” (6 de octubre de 1992)
281
    f) Una nueva solución para los voluntarios. El caso “Mengual” (19 de octubre de 1995)
282
    g) La indemnización del derecho civil en ausencia de previsiones específicas. El caso “Lapegna” (20 de agosto de 1996)
284
    h) Nuevamente los conscriptos y la incapacidad laboral. El caso “Picard” (5 de noviembre de 1996)
284
    i) La gendarmería nacional y los daños en los actos de servicio. El caso “Gómez” (18 de febrero de 1997)
286
    j) Daños originados en acciones bélicas. El caso “Azzetti” (10 de diciembre de 1998)
286
55.Conclusión
288
Bibliografía
Indice de fallos citados
A) Corte Suprema de Justicia de la Nación
297
B) Suprema Corte de Buenos Aires
304
C) Corte Suprema de Mendoza
304
D) Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal
304
E) Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal
305
F) Cámara Nacional en lo Civil
305
G) Cámara Nacional en lo Comercial
305
H) Cámara Nacional Especial en lo Civil y Comercial
305
I) Cámara Federal de Rosario
305
Citas legales:Ley 03.952 Biblioteca
Ley 19.549 Biblioteca
Decreto 28.211 Biblioteca
Código Civil - artículo 1112 Biblioteca
Código Civil - artículo 1113 Biblioteca